Rentabilizamos las cotizaciones de formación de las empresas que trabajan con nosotros.

PREGUNTAS FRECUENTES

Te mostramos algunas de las dudas más comunes

La Formación continua bonificada es una herramienta indispensable para toda aquella empresa que busque mejorar las competencias de sus profesionales.

Mediante esta formación permanente la empresa permite a sus trabajadores actualizar sus conocimientos, desarrollando la competencia y cualificación de los empleados. Como consecuencia, las empresas ven incrementas su competitividad y productividad.

Para que la realización de la Formación Continua Bonificada sea a coste cero para la empresa, cada entidad cuenta con una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Sociedad Europea de Formación se adapta a las necesidades de las empresas facilitándole al máximo el proceso formativo. La Formación Continua Bonificada puede realizarse tanto en modalidad online (Sociedad Europea de Formación cuenta con dos amplios catálogos formativos: Formación General y Formación profesional) como presencial. Este segundo tipo de formación presenta una gran libertad a la hora de poder cuadrar contenidos, horarios y lugar de impartición. También es posible combinar ambas modalidades.

  • Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
  • Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
  • REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
  • ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • ORDEN TAS/37/2008, que modifica la Orden TAS/2307/2007 reguladora de la formación de demanda
  • Resolución de 29 de junio de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se determinan los colectivos y áreas prioritarias, en las acciones de formación de demanda correspondientes al ejercicio 2012
  • Orden ESS/723/2016, de 9 de mayo, por la que se desarrolla el modelo específico de declaración responsable para su presentación por entidades de formación para la impartición de formación distinta de las especialidades previstas en el Catálogo de especialidades formativas.
  • Resolución 27 abril de 2009 cuestionario de evaluación

Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones en las Cotizaciones a la Seguridad Social todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por formación profesional.

Una Entidad Organizadora de Formación Continua Bonificada es una empresa privada experta en la gestión de la formación. Deben cumplir ciertos requisitos obligatorios exigidos por Fundae.

Sociedad Europea de Formación es una entidad organizadora de la Fundación Estatal para el Empleo. Es un centro especializado en formación de trabajadores cuya función es asesorar a empresas privadas a lo largo de la contratación de la Formación Continua Bonificada. Realiza tanto tareas de planificación como de organización e impartición de la formación que las empresas quieran recibir.

Además de asesorar y realizar un seguimiento personalizado de la formación de la empresa, Sociedad Europea de Formación, se encarga de gestionar todos los trámites administrativos para la correcta bonificación de la acción formativa.

Todas aquellas empresas privadas que cuenten con, al menos, un trabajador disponen de un crédito formativo para financiar la Formación Continua Bonificada. El importe de dicho crédito formativo se calcula en función de la plantilla media del año anterior y la cantidad pagada de cuota de formación profesional.

Independientemente de que tu empresa haya realizado formación o no con anterioridad, tienes derecho a gestionar tu crédito formativo. Al igual que si eres una empresa de nueva creación, en Sociedad Europea de Formación damos oportunidad para que todo aquel trabajador que quiera formarse pueda hacerlo.

No. Si el año pasado no gestionaste el crédito, lamentablemente el crédito disponible en Fundae no tiene carácter retroactivo. Por lo tanto, solo tienes disponible la cuota de formación de este año.

Sociedad Europea de Formación, además de planificar y organizar la formación, se encarga de gestionar todos los trámites administrativos para la correcta bonificación de la acción formativa. Por lo tanto, la empresa solo tendría que enviar debidamente cumplimentado el Convenio de Adhesión de Agrupación de Empresas y la Ficha de empleado con los datos de cada uno de los trabajadores que quieras realizar la Formación Continua Bonificada.

Dependiendo del sector al que se dedique la empresa y qué profesionales quieran realizar la Formación Continua Bonificada se recomienda una formación u otra. Lo más recomendable es que un asesor de formación estudie tu caso de forma totalmente personalizada y así te pueda recomendar. Sociedad Europea de Formación cuenta con un amplio catálogo de formación online en los que poder elegir. También cuenta con talleres presenciales desarrollados por profesionales de cada sector.

Sociedad Europea de Formación cuenta con una extensa plantilla de profesionales como tutores de los cursos de formación. Por lo tanto, siempre tendrás un tutor disponible para solventar tus dudas.

Sí, a la finalización de cada actividad formativa Sociedad Europea de Formación expedirá un certificado con los datos del trabajador. En dicho diploma quedará reflejada la formación realizada, duración, contenidos y modalidad.

Sociedad Europea de Formación quiere facilitar a las empresas el proceso de la formación, por lo que se abonará la factura una vez se haya finalizado la acción formativa. Abonará la factura coincidiendo con el mes de bonificación. De esta forma, la empresa no tendrá que prepagar el importe de la formación.

Las bonificaciones a la Seguridad Social se pueden aplicar deduciendo el importe de la formación  en el Boletín de Cotización a la Seguridad Social. Esta deducción se aplicará al mes siguiente de la finalización de la formación.

No obstante, Sociedad Europea de Formación enviará toda la documentación necesaria para una correcta bonificación a la gestoría de la empresa y realizará un seguimiento del proceso.

Sociedad Europea de Formación cuenta con grandes profesionales que te ayudarán tanto a elegir la formación que más te convenga como a informarte personalmente de todo el proceso formativo.

¡Te informamos!